Un juzgado de Amazonas dispuso de oficio la nulidad de todo lo actuado en relación con la medida cautelar que ordenaba reincorporar a profesores que no accedieron a las plazas de directores y subdirectores mediante concursos públicos meritocráticos y ha declarado improcedente dicha medida cautelar.
La medida fue dispuesta por el juez Luis Alberto Arias Requejo, juez supernumerario del Juzgado Mixto y Penal Unipersonal de Rodríguez de Mendoza, de la Corte Superior de Justicia de Amazonas, mediante Resolución Cuatro, de fecha 21 de febrero de 2017.
Es preciso indicar que el Ministerio de Educación (Minedu) había solicitado en su oportunidad la nulidad de dicha medida cautelar y viene ejerciendo la defensa ante la acción de amparo interpuesta por dichos profesores.
El Minedu también había iniciado acciones contra el destituido juez Higinio Custodio –que concedió la medida cautelar ahora declarada improcedente– por la presunta transgresión de norma expresa, falta de competencia por razón de territorio, no haber emplazado al Ministerio en calidad de demandado, a través de su Procuraduría Pública, y por avocarse sobre una causa pendiente, toda vez que la Corte Suprema aún no ha resuelto el recurso de casación interpuesto por el Sindicato Nacional de Directivos de Instituciones Educativas Públicas del Perú (Sindep).
El Ministerio de Educación reafirma su compromiso con la implementación de la meritocracia en la Carrera Pública Magisterial en salvaguarda de los derechos de los estudiantes a recibir una educación de calidad, y de los docentes que vienen accediendo a los cargos de director y subdirector en el marco de la Ley de Reforma Magisterial.
Fuente: MINEDU / Lima, 03 de marzo de 2017