El 09 de noviembre, el Presidente anunció la promulgación de dos normas: la Ley N° 31609, Conversión de plazas eventuales a orgánicas en las instancias de gestión educativa descentralizada del sector educación; y la Ley N° 31610, Prestación del servicio educativo en las instituciones educativas públicas de educación básica a nivel nacional. Ambas son necesarias y van a redundar en un mejor servicio educativo. Sin embargo, el anuncio fue acompañado de una serie de declaraciones que preocupan por el riesgo que podrían representar para una carrera magisterial basada en el mérito y, principalmente, para la salvaguarda al derecho del estudiante.
¿Otra ley de educación con eje en los maestros y no en los niños?
El Presidente señala: Yo exhorto al pueblo peruano, al padre de familia, al propio ministro y al congreso de la república que agendemos y revisemos para impulsar la nueva ley de educación, y en esa ley general esté la reivindicación total de los maestros porque no podemos tener en el Perú maestros contratados mendigando un nombramiento.
¿Qué podría implicar tal afirmación? El nombramiento, según lo establece la Ley de Carrera Pública Magisterial, es resultado de un proceso de evaluación que tiene por finalidad seleccionar a los mejores docentes para ocupar una plaza y hacerse cargo, en conjunto, de la educación de los más de 6 millones de estudiantes que asisten a una institución educativa pública. Se enmarca también en la Ley General de Educación que señala que el docente es uno de los factores de calidad y que asegurar su calidad es una obligación del Estado.
Desde esta premisa, preocupa que lo dicho sea el preanuncio de un nombramiento automático. Se propone impulsar una ley que ponga por delante la reivindicación de maestros que no lograron acceder a una plaza al ser reprobados en la evaluación, anteponiendo ese interés al derecho del estudiante a tener un buen profesor. Así se da la espalda al esfuerzo de más de 200 mil docentes que se han preparado y sometido a una evaluación como todos. Es cierto que hay la necesidad de mejora del sistema en conjunto, hay propuestas en ese sentido, pero no renunciando al principio del mérito, no sacrificando el derecho de nuestros estudiantes a estar en manos de docentes con las competencias que les aseguren una atención de calidad. Hay también la necesidad de superar las limitaciones de la formación inicial docente, que no está asegurando a la mayoría de los egresados el dominio de tales competencias, pero eso no se resuelve regalando plazas. Por respeto a su profesionalidad, hay que apoyarlos a desarrollar sus competencias, por ahí debieran caminar las medidas que necesitan adoptarse.
¿Los años de servicio pesan más que la calidad del desempeño?
El Presidente añade a lo señalado: “Señor ministro los maestros nombrados a partir de esta norma, que son algo de 80 mil nombramientos específicamente, no solamente darle el nombramiento, sino que hay que reconocerle sus años de servicio y ubicarlos en la escala que corresponde, para que se le reconozca como tal, con los servicios que necesitan porque ya le prestaron servicios a la nación”
¿Qué se puede inferir de lo dicho? ¿es que acaso, además del nombramiento, se estaría abriendo la posibilidad de ubicarse en una escala teniendo como único criterio los años de servicio? Según la Ley de Carrera Magisterial, el ascenso de nivel se logra vía concurso y evaluación ¿Lo anunciado implica que se pretende eliminar los principios de la carrera magisterial, que son acceso y ascenso en base al mérito?
Ingresar a la carrera, acceder a puestos o ascensos en base única y exclusivamente a los años de servicio no es garantía de un mejor desempeño. Un docente con tres años de servicio puede ser un profesional eficiente, responsable y comprometido, otro con diez años no necesariamente; al respecto, estudios diversos dan cuenta que el uso de los años de experiencia como referente para mejoras remunerativas tiene un efecto débil en términos del logro de aprendizajes de los estudiantes (UNESCO, 2014)[1], más aún, Schmelkes (2011), en estudio realizado con pueblos originarios en México, sugiere que maestros con menos años de experiencia tendrían mejor disposición a desarrollar nuevos enfoques pedagógicos.
De ambigüedades y simplificaciones
El Presidente también mencionó la presencia de docentes que dominen la lengua originaria de sus estudiantes, un derecho reconocido en la ley. La referencia del Presidente, sin embargo, no deja en claro si está dispuesto a defender ese derecho de los estudiantes o, en la línea de medidas recientes, volverá a anteponer otros intereses por encima de los intereses de miles de estudiantes de 55 pueblos originarios que hablan 48 lenguas, que necesitan aprender con docentes formados en educación intercultural bilingüe y que hablen la lengua del estudiante.
Por último, llama también la atención que el Presidente inicie su discurso señalando que hay maestros con más de 10, 20, 30 años de contrato. Hemos llegado a esto porque el sistema educativo peruano y los gobiernos nunca garantizaron la educación como un derecho a la educación… al llevarla por el plan privatizador.
Las causas de esta situación son múltiples. El proceso de expansión del sistema educativo tocó sus límites en décadas pasadas, pero de las instituciones formadoras siguieron egresando docentes en mucho mayor medida de los que el sistema público necesitaba y era capaz de emplear. Decir que todo se reduce a que los gobiernos anteriores no hicieron lo que debían es una lectura simplista y alejada de la verdad, que desconoce los problemas, las resistencias, los esfuerzos y los avances de estos últimos treinta o cuarenta años, que deben ser nuestro punto de partida para avanzar a partir de allí. Sin un diagnóstico claro y no retórico de las limitaciones del sistema y del propio Estado ¿cómo asegurar una respuesta realmente efectiva?
Lima, 21 de noviembre de 2022