Edición 51

La educación sexual como derecho

El Estado es garante de derechos y no va a someter a consulta si puede abdicar de sus responsabilidades

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EDITORIAL

La cámara Gesell es casi una habitación del terror. Es un lugar especialmente acondicionado para escuchar historias dolorosas de labios de niños interiormente quebrados. Detrás de sus grandes espejos están sentados fiscales, abogados y padres, escuchando el testimonio de la víctima con la respiración contenida y grabando la escena para que valga como evidencia. Hay actualmente 63 cámaras Gesell funcionando en el país, donde se atienden los miles de casos reportados cada año de violencia sexual contra niñas, niños y adolescentes.

Según la Fiscalía, en el 2018 se registraron 28.067 denuncias por abuso sexual y solo entre los meses de enero y febrero del presente año ya se registran 4.927 de estas denuncias. Lamentablemente, ocho de cada diez víctimas son, precisamente, niños o adolescentes.

Las cifras del INEI nos dicen, además, que cada día, cuatro adolescentes menores de 15 años quedan embarazadas, promedio que sube a diez cuando llegan a esa edad. Además, de cada 10 adolescentes embarazadas, 8 abandonan la escuela.

Frente a este panorama, ¿podemos insistir en que la educación sexual es un asunto privado que solo compete a las familias? Las tres cuartas partes de los niños de 2 a 4 años en el mundo –unos trescientos millones según cifras de Unicef- son agredidos física y psicológicamente dentro de sus mismos hogares. Además, el 90% de las adolescentes abusadas sexualmente a nivel mundial, son víctimas de una persona de su propio entorno familiar. Por lo demás, nadie se atrevería a negar que la sexualidad, en general, ha sido y sigue siendo un tema tabú en las familias y que los adolescentes suelen informarse por su cuenta y riesgo. Un estudio efectuado el 2017 por la Universidad Peruana Cayetano Heredia, reveló que el 85% de los escolares admite haber aprendido de sexualidad en Internet y en la televisión, no con sus padres.

¿Nos hace falta más datos para reconocer que este problema no es un asunto privado, sino un grave problema público? Podemos discutir las formas, pero no hay manera de negarle al Estado la obligación de intervenir.

Nuestros estudiantes tienen derecho a informarse y el Estado la obligación de informarle, para que aprendan a tomar decisiones sobre su salud, su cuerpo, su vida sexual, sin ser coaccionados, manipulados ni discriminados. Esto incluye su derecho a decidir si desean o no tener hijos, cuándo y cuántos, como también a elegir a su pareja y decidir si se casa con ella o no y cuándo lo hace; o qué tipo de familia formar. Según Amnistía Internacional, solo el 34% de jóvenes de países en vías de desarrollo puede responder bien cinco preguntas básicas sobre el VIH y cómo prevenirlo.

Los padres pueden educar a sus hijos en el seno del hogar en base a sus propias convicciones, con pleno derecho. Lo que no pueden hacer es imponer sus creencias al resto el país en los espacios públicos, que son de todos, ni tampoco educar en el delito. Y la discriminación, incluyendo la incitación al odio o a la violencia, es un delito tipificado en el Artículo 510 del Código Penal, castigado con pena de prisión de uno a tres años.

El Estado es garante de derechos y no va a someter a consulta si puede abdicar de sus responsabilidades.

Comité Editorial
Lima, 20 de mayo de 2019