Edición 107

Borrar el feminicidio: cuando la igualdad se usa para no ver la desigualdad

La neutralidad puede ser valiosa cuando impide privilegios. Pero puede ser peligrosa cuando se convierte en ceguera.

Hace unos días, en medio de una conversación sobre la iniciativa congresal que busca eliminar la figura del feminicidio, un colega me dijo algo que probablemente muchas personas piensan: “Hay hombres injustamente acusados, conozco un caso”. Otra persona añadió: “los hombres también pueden ser víctimas”. Las frases no son menores. Tienen la fuerza del sentido común: parecen razonables, equilibradas, justas. ¿Quién podría estar en contra de proteger a cualquier persona frente a una acusación falsa? ¿Quién podría negar que un hombre también puede ser víctima de violencia?

El problema aparece cuando esa aparente neutralidad nos impide mirar la realidad completa. Porque una cosa es reconocer que toda persona merece protección frente a una injusticia, y otra muy distinta es usar esa posibilidad para negar un problema estructural. Una cosa es admitir que pueden existir denuncias falsas —como pueden existir en cualquier materia— y otra convertir esa excepción en el centro del debate público. Una cosa es afirmar que hombres y mujeres tienen igual dignidad ante la ley, y otra suponer que viven las mismas relaciones de poder, enfrentan los mismos riesgos o llegan al sistema de justicia en las mismas condiciones.

Ahí está la trampa. En nombre de la igualdad, se nos pide dejar de ver la desigualdad.

Una propuesta que parece igualitaria, pero invisibiliza

Esto es lo que hace el Proyecto de Ley N.° 10342/2024-CR cuando propone modificar el artículo 108-B del Código Penal para reemplazar el delito de feminicidio por el de “asesinato de la pareja”. Según su fórmula legal, busca adecuar la norma al principio constitucional de igualdad ante la ley entre mujeres y hombres, evitando —dice el texto— la discriminación por sexo. La propuesta plantea sancionar a quien mata a su cónyuge o conviviente en contextos como violencia familiar, coacción, hostigamiento, acoso sexual, abuso de poder o discriminación.

A primera vista, podría parecer una corrección razonable: si la ley protege por igual a hombres y mujeres, entonces sería una ley más justa. Pero esa lectura confunde igualdad formal con igualdad real; asume que basta con declarar iguales a las personas en el papel, aunque la vida coloque a mujeres y hombres frente a riesgos y relaciones de poder distintas. La igualdad real no consiste en tratar como iguales situaciones que socialmente no lo son. Consiste en reconocer las relaciones de subordinación, control y poder que sostienen muchas formas de violencia.

Recordemos que el feminicidio no fue incorporado a la legislación porque la vida de las mujeres valga más que la de los hombres. Fue incorporado porque, durante mucho tiempo, muchas muertes de mujeres fueron tratadas como dramas privados, crímenes pasionales, arrebatos de celos o conflictos de pareja; narradas como excesos del amor o de la emoción, y no como expresiones de posesión, dominación y castigo frente a la autonomía de las mujeres.

Nombrar el feminicidio no resuelve por sí solo la violencia. Pero permite verla. Y verla importa. Porque lo que no se nombra no se investiga, no se previene y, menos aún, se sanciona.

Los datos muestran que no estamos ante una categoría inventada ni ante una exageración ideológica. En 2024, el Perú registró 154 feminicidios; entre 2015 y 2024 se contabilizaron 1 345 casos. Ese mismo año se reportaron, en promedio, tres feminicidios y cinco tentativas de feminicidio por semana. Además, en 2024, el 73,4% de las víctimas tenía una relación sentimental con el agresor: pareja, conviviente, expareja, exconviviente, enamorado, esposo, exenamorado o exesposo. Entre las causas identificadas aparecen los celos, la violencia familiar, la negativa de la víctima a retomar o continuar una relación y el abuso sexual (INEI, 2025).

Estos datos no describen simplemente “parejas que se matan”. Describen mujeres asesinadas en contextos donde la decisión de separarse, decir no, rechazar una relación, denunciar o ejercer autonomía puede convertirse en un riesgo. Reducir esta realidad al “asesinato de la pareja” no amplía la comprensión del problema; la estrecha. El foco deja de estar en la violencia de género y pasa a estar en la relación conyugal o convivencial.

Por eso, lo que está en juego no es una palabra. Es la posibilidad de reconocer que algunas muertes no pueden comprenderse sin mirar las relaciones de poder que las producen. La igualdad no exige borrar esas diferencias. Exige entenderlas. Porque una ley aparentemente neutra puede terminar siendo profundamente ciega si se niega a ver las condiciones reales en las que ocurre la violencia. Y el problema es que no se quiere ver.

El argumento de las denuncias falsas

Lo señalado se entiende mejor si se mira junto con otro proyecto de ley, el PL N.° 11561/2024-CR, que propone sancionar penalmente denuncias falsas en procesos de violencia familiar. Su finalidad declarada es fortalecer la administración de justicia frente a denuncias falsas en ese tipo de procesos. Otra vez, el argumento parece razonable: nadie debería ser falsamente acusado. Pero el problema no está en negar que puedan existir denuncias falsas. El problema está en convertir esa posibilidad en el centro de la respuesta legislativa frente a la violencia.

Cabe precisar, además, que el ordenamiento jurídico peruano ya contempla la denuncia calumniosa. El artículo 402 del Código Penal sanciona a quien denuncia ante la autoridad un hecho punible sabiendo que no se cometió, o a quien simula o adultera pruebas o indicios. Entonces, la pregunta es: ¿por qué crear una figura especial en materia de violencia familiar? ¿Qué mensaje produce esa insistencia en un país donde muchas mujeres no denuncian, donde muchas tienen miedo, donde muchas no confían en las instituciones y donde la violencia suele ocurrir sin testigos, sin pruebas visibles y dentro de relaciones marcadas por dependencia o amenaza?

La ENDES 2024 muestra que el 52% de mujeres de 15 a 49 años sufrió alguna vez violencia por parte de su esposo o compañero, y que el 33,9% la sufrió durante los últimos doce meses. Sin embargo, entre las mujeres agredidas físicamente por su esposo o compañero, solo el 29,5% acudió a alguna institución. Las razones para no buscar ayuda incluyen considerar que “no era necesario”, vergüenza, desconocimiento de servicios, miedo a nuevas agresiones y temor a ocasionar problemas al agresor (Instituto Nacional de Estadística e Informática [INEI], 2025).

Es decir, el problema público principal no parece ser que las mujeres denuncien demasiado. El problema es que muchas no denuncian, que muchas denuncias no prosperan, que muchas instituciones no investigan adecuadamente, que las víctimas son revictimizadas o que los sistemas de protección llegan tarde. En ese contexto, insistir en una sanción especial para las denuncias falsas puede reforzar un mensaje devastador: si denuncias y no puedes probarlo, el problema puedes ser tú.

No es un hecho aislado

El círculo se va cerrando: primero se propone borrar el nombre del feminicidio; luego se instala la sospecha sobre quienes denuncian violencia; y, en paralelo, se debilita el enfoque de género en las políticas públicas. La operación es coherente: si se borra el género, la violencia deja de ser estructural; si se borra el feminicidio, las muertes dejan de expresar un patrón; si se amenaza a quienes denuncian, el silencio vuelve a ser una estrategia de supervivencia.

Una pieza adicional en este análisis es la Ley N.° 32535, publicada en diciembre de 2025, que dispone reemplazar el concepto de igualdad de género por el de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en documentos de gestión pública. En el ámbito educativo, se señala, además, que la Educación Sexual Integral sea reemplazada por una educación sexual “con base científica, biológica y ética”. Como hemos señalado en un artículo anterior, esta ley representa un serio obstáculo al cumplimiento de los fines de la educación, consagrados en la Ley General de Educación y en el Proyecto Educativo Nacional al 2036.

Porque si se retira de la educación el enfoque de género y se debilita la Educación Sexual Integral, no solo se modifica un contenido curricular. Se limita la posibilidad de discutir en la escuela las causas estructurales de la violencia contra las mujeres. Se impide que niñas, niños y adolescentes aprendan a reconocer relaciones abusivas, cuestionar estereotipos, identificar formas de control, comprender el consentimiento, construir vínculos respetuosos y desarrollar una convivencia democrática basada en igualdad.

De esta manera, no solo se debilitan mecanismos de denuncia y sanción. También se debilitan mecanismos de prevención y transformación cultural. La escuela no es un espacio accesorio en esta discusión: es uno de los pocos lugares donde una sociedad puede interrumpir la reproducción de mandatos, silencios y violencias que luego se naturalizan en la vida adulta. No poder hablar de género es no poder hablar de relaciones de poder; y, sin esa conversación, la violencia aparece como un hecho aislado, no como un patrón que se aprende, se reproduce y puede transformarse.

Por eso, estos proyectos no deben leerse de manera aislada. No estamos ante iniciativas dispersas ni ante simples diferencias técnicas. Estamos ante una arquitectura política de silenciamiento: se retira el enfoque que permite comprender la desigualdad; se debilita la educación que podría prevenirla; se elimina la figura que nombra su expresión más extrema; y se instala la sospecha sobre quienes denuncian. El resultado es conocido: la violencia vuelve a presentarse como individual, privada o simétrica.

Tampoco es menor el momento en que este debate vuelve a instalarse. El proyecto que pretende reemplazar el feminicidio no es reciente: fue presentado en febrero de 2025, pero ha vuelto a circular públicamente en el tramo final de un ciclo político y parlamentario marcado por retrocesos en materia de derechos, especialmente en torno al género, la educación sexual integral y la protección frente a la violencia. Esa temporalidad importa. Cuando un Congreso en retirada insiste en borrar categorías, restringir enfoques y debilitar marcos de protección, no estamos solo ante una discusión semántica: estamos ante un intento de dejar anclada una determinada visión del país; una visión que no quiere hablar de género porque no quiere hablar de poder.

El feminicidio incomoda porque revela que la violencia contra las mujeres no es solo una suma de tragedias individuales. Incomoda porque obliga a mirar cómo se educa a hombres y mujeres, cómo se construyen las relaciones afectivas, cómo se toleran los celos, cómo se romantiza el control, cómo se culpa a las víctimas, cómo se minimiza la violencia psicológica, cómo se castiga la autonomía femenina. Incomoda porque muestra que la desigualdad no está solo en las leyes, sino en las prácticas, en los vínculos, en el lenguaje, en la familia, en la escuela, en la justicia y en la política.

La pregunta, entonces, no es si queremos leyes iguales para hombres y mujeres. Por supuesto que sí. La pregunta es qué entendemos por igualdad. ¿Una igualdad que borra las condiciones reales en las que ocurre la violencia? ¿O una igualdad capaz de reconocer que la justicia exige mirar las desigualdades que atraviesan la vida social?

La neutralidad puede ser valiosa cuando impide privilegios. Pero puede ser peligrosa cuando se convierte en ceguera. En este caso, hablar de “asesinato de la pareja” parece igualitario, pero puede terminar ocultando precisamente aquello que necesitamos enfrentar: la violencia contra las mujeres como expresión extrema de relaciones desiguales de poder.

No necesitamos menos lenguaje para nombrar la violencia. Necesitamos mejores instituciones para prevenirla, atenderla y sancionarla. Necesitamos escuelas que formen en igualdad, no que silencien las preguntas difíciles. Necesitamos un sistema de justicia que investigue con rigor, no que sospeche de entrada de quienes denuncian. Necesitamos políticas públicas capaces de mirar la realidad, no de acomodarla a prejuicios ideológicos.

Eliminar el término de feminicidio no protege mejor a nadie. Retirar el enfoque de género no vuelve más justa a la sociedad. Debilitar la Educación Sexual Integral no cuida a niñas, niños ni adolescentes. Sancionar de manera especial las denuncias en violencia familiar no corrige las fallas del sistema; puede profundizar el miedo.

Lo que está en juego es mucho más que una categoría penal. Es la posibilidad de seguir diciendo, con claridad, que la violencia contra las mujeres existe, que tiene causas estructurales, que se aprende, que se tolera, que se reproduce, pero que también puede prevenirse, sancionarse y transformarse. Y para transformar una realidad, lo primero es no borrarla.

Lima, mayo de 2026

Referencias

Congreso de la República del Perú. (2025a). Proyecto de Ley N.° 10342/2024-CR. Ley que modifica el artículo 108-B del Código Penal adecuándolo al principio de igualdad ante la ley [Proyecto de ley]. https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/02/PL-10342-LP-derecho.pdf

Congreso de la República del Perú. (2025b). Proyecto de Ley N.° 11561/2024-CR. Ley que incorpora el artículo 402-A en el Decreto Legislativo 635, Código Penal y fortalece la administración de justicia para sancionar las denuncias falsas en los procesos de violencia familiar [Proyecto de ley]. https://facultad-derecho.pucp.edu.pe/wp-content/uploads/2025/06/proyecto-de-ley-11561-2024-cr.pdf

Congreso de la República del Perú. (2025c, 24 de diciembre). El Perú regresa a una educación científica, biológica y ética. Comunicaciones del Congreso. https://comunicaciones.congreso.gob.pe/damos-cuenta/el-peru-regresa-a-una-educacion-cientifica-biologica-y-etica/

Congreso de la República del Perú. (2026, 5 de mayo). Congresista Milagros Jáuregui de Aguayo aclara que el proyecto de ley que elimina el término “feminicidio” no suprime la protección a las mujeres. Comunicaciones del Congreso. https://comunicaciones.congreso.gob.pe/damos-cuenta/congresista-milagros-jauregui-de-aguayo-aclara-que-el-proyecto-de-ley-que-elimina-el-termino-feminicidio-no-suprime-la-proteccion-a-las-mujeres/

Diario Oficial El Peruano. (2025, 24 de diciembre). Ley N.° 32535. Ley de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2471571-3

Instituto Nacional de Estadística e Informática. (2025a, 18 de noviembre). INEI: Perú registró 154 casos de feminicidio en el 2024. Plataforma del Estado Peruano. https://www.gob.pe/institucion/inei/noticias/1291805-inei-peru-registro-154-casos-de-feminicidio-en-el-2024

Instituto Nacional de Estadística e Informática. (2025b, 24 de noviembre). 52 de cada 100 mujeres de 15 a 49 años fueron alguna vez víctimas de violencia por parte de su esposo o compañero. Plataforma del Estado Peruano. https://www.gob.pe/institucion/inei/noticias/1296342-52-de-cada-100-mujeres-de-15-a-49-anos-fueron-alguna-vez-victimas-de-violencia-por-parte-de-su-esposo-o-companero

LP Derecho. (2023, 13 de mayo). Jurisprudencia del artículo 402 del Código Penal: Denuncia calumniosa. https://lpderecho.pe/articulo-402-codigo-penal-denuncia-calumniosa/

Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. (2025, 22 de diciembre). Perú: Expertos y expertas de la ONU advierten que el proyecto de ley que elimina el concepto de género amenaza los avances en materia de derechos humanos. https://www.ohchr.org/es/press-releases/2025/12/peru-bill-eliminating-concept-gender-threatens-progress-human-rights-warn-un

 

Foto del avatar
Patricia Andrade Pacora
Psicóloga y especialista en políticas educativas, con Maestría en Educación con mención en Políticas Educativas y Gestión Pública, y más de veinticinco años de experiencia en gestión, formulación e implementación de políticas y programas educativos a nivel nacional e internacional. Ha ocupado cargos de alta responsabilidad en el Estado peruano, como Directora General de Educación Básica Regular y Viceministra de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, liderando reformas curriculares, políticas de desarrollo docente, equidad e inclusión y programas presupuestales orientados a resultados. Durante la pandemia lideró Aprendo en Casa, asegurando la continuidad educativa de más de seis millones de estudiantes por una estrategia multicanal. Cuenta con experiencia en educación rural, habiendo dirigido el Programa de Mejoramiento de la Educación Básica en Áreas Rurales con apoyo de la cooperación canadiense y estrategias de escalamiento. En los últimos años ha profundizado su especialización en enfoque de género, derechos sexuales y reproductivos y prevención de la violencia, coordinando proyectos de incidencia, diagnósticos y acciones formativas. Actualmente se desempeña como consultora y como asesora en diseño, evaluación y fortalecimiento de proyectos educativos y sociales en ENACCIÓN..